PERMITE IMSS ADJUNTAR PRUEBA DE LABORATORIO EXTERNO PARA TENER PERMISO COVID-19:
De ser procedente el trámite, se emite incapacidad al asegurado por un lapso de 10 días
Pueden trabajadores tramitar su permiso COVID-19 a través de la aplicación IMSS Digital o la página del Instituto
Por José Luis CORTES.
TIJUANA.- Para reducir la movilidad y prevenir riesgos de contagios por COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habilitó sección especial vía este electrónicas para tramitar incapacidad o Permiso COVID-19, el cual permite ahora anexar una prueba confirmatoria de la enfermedad emitita ya sea por el propio Instituto o por un laboratorio externo.
De ser procedente el trámite, se emite incapacidad al asegurado por un lapso de 10 días. Pueden trabajadores tramitar su permiso COVID-19 a través de la aplicación IMSS Digital o la página del Instituto.
El IMSS en Baja California dio a conocer que los trabajadores pueden llenar la solicitud en la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso o en la aplicación IMSS Digital sólo seleccionando el apartado Permiso COVID-19; de ser procedente, le cubre la ausencia en su centro laboral por un lapso de 10 días y otorgará un subsidio de conformidad a lo establecido en la Ley del Seguro Social.
Al adjuntar la prueba positiva de COVID proveniente de laboratorio externo, la aprobación del permiso dependerá de la validación que realice un grupo de médicos del Instituto, quienes revisarán la autenticidad de esta prueba, así como la vigencia de la misma.
Se deberá acompañar la prueba con los siguientes documentos:
Identificación oficial vigente (INE, pasaporte) por ambos lados y legible.
Estado de cuenta bancario que incluya la cuenta CLABE; debe tener el nombre del solicitante, la cuenta CLABE interbancaria a 18 dígitos numerales; además, el documento no podrá ser mayor a tres meses.(Sólo envía la hoja frontal donde se encuentran los datos, no es necesario que envíes todas las páginas).
Fotografía de frente con luz suficiente; bien enfocada que coincida con la identificación oficial. Si presentas deterioro en tu salud, durante el tiempo de descanso o una vez concluido el permiso, acude inmediatamente a tu unidad médica para que te brinden la atención necesaria.
En caso de que no se cuente con una prueba positiva de un laboratorio externo, el paciente deberá resolver un cuestionario de tamizaje y se le expedirá un certificado por incapacidad de un día, esto para que acuda a un Módulo de Atención Respiratoria del Seguro Social (MARSS) para hacerse una prueba.
Dependiendo del resultado de la prueba aplicada en el MARSS, se expide en ese momento el Permiso COVID-19 para acumular el resto de los días hasta llegar a los 10.
En caso de que el paciente esté grave, intubado o reincidente ante la enfermedad del SARS-CoV-2, el médico tratante será el encargado de expedir la incapacidad correspondiente, ya que él determinará la duración de la misma, y en caso de ser necesario, otorgar las incapacidades subsecuentes.
Al establecer la modalidad electrónica para validar el trámite, el IMSS cumple su propósito de reducir la movilidad de personas en sus instalaciones para frenar la cadena de contagios y reitera el llamado a la población a no bajar la guardia y continuar con el lavado frecuente de manos, uso de cubrebocas, aplicar la sana distancia y de ser posible quedarse en casa, entre otras medidas. (JLC)