PROPONE DIPUTADA MICHEL SÁNCHEZ PENALIZAR ROBO DE AUTOPARTES, COMPONENTES Y ACCESORIOS

• Busca dar solución a la problemática de robo de autopartes en Baja California, aumentando las penas como medida disuasoria

Mexicali, B. C., miércoles 27 de julio de 2022.- En Sesión de Pleno del Congreso del Estado de Baja California, la diputada morenista Michel Sánchez Allende, presentó iniciativa que deroga las fracciones II y III, así como modifica las fracciones VII y VIII, y crea la fracción IX del artículo 208 TER, adiciona un párrafo segundo al artículo 208 SEXTUS y crea el artículo 208 SEPTIMUS del Código Penal para el Estado de Baja California, con la finalidad de crear el tipo penal de desmantelamiento y robo de autopartes, así como incorporar el delito de robo equiparado de vehículo al robo de accesorios y componentes de vehículo de motor.

En su exposición de motivos, la diputada inicialista indicó que, en Baja California, particularmente en Mexicali y el distrito IV, se ha presentado un alza al robo de autopartes, componentes y accesorios de vehículos, y la legislación actual de robo equiparado de vehículo o robo simple no garantiza la debida protección de los derechos de la ciudadanía de gozar de su propiedad y posesiones, por lo que se vuelve necesario el revisar los tipos penales para responder a las demandas de la ciudadanía.

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prohíbe el hacerse justicia por propia mano, por lo que las personas deben de contar con delitos debidamente legislados y redactados que den protección ante posibles conductas que atenten contra sus propiedades y asegure los principios del debido proceso y del sistema de justicia penal previsto por los diversos artículos del 18 al 23 del citado ordenamiento supremo, por lo que debe revisarse el marco normativo estatal en materia penal.

“Con esta iniciativa se busca dar solución a la grave problemática de robo de autopartes que sufre la ciudadanía en Baja California día a día, aumentando las penas como medida disuasoria, agravando la penalidad cuando sea considerado pertinente e impidiendo que las personas que cometen ese delito tengan acceso a una salida alterna de suspensión condicional del proceso que requiere que la pena mínima y máxima sea mayor a 5 años”, finalizó.

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