– Aportará mayor acceso a beneficios, trámites y apoyos sociales para dicho sector vulnerable

MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.- Para garantizar que los adultos mayores de Baja California no vean vulnerado su derecho a la identidad y puedan tener fácil acceso a beneficios, trámites y apoyos sociales, la diputada Loreto Quintero Quintero, presentó una iniciativa de reforma al Artículo 72 del Código Civil en el Estado.

La propuesta es hacer más sencillo el procedimiento de emisión de acta de nacimiento para personas mayores de 60 años, de manera que sean “accesibles, ágiles y se garantice un trato digno al solicitante”.

“Las tradicionales trabas burocráticas y discriminación que sufren las personas adultas mayores no sólo competen a la obtención del acta de nacimiento, sino a otros trámites donde requieren acreditar su identidad plena como el de jubilación, pensión o acceso a los beneficios del cónyuge, por mencionar algunos”, expresó la legisladora del grupo parlamentario del PAN.

Su propuesta contempla que cuando se trate del registro de nacimiento de una persona adulta mayor de sesenta años de edad, esta podrá acudir personalmente a realizar la solicitud respectiva, o bien por medio de un familiar presentando carta poder simple firmada ante dos testigos, o por conducto de su representante legal, acompañándola a fin de brindar certeza o prueba respecto de su filiación y nacionalidad, de por lo menos tres, de los siguientes documentos:

Acta de matrimonio, en su caso; Fe de bautismo; actas de nacimiento de hijos, nietos, hermanos o padres; identificaciones vigentes o vencidas, tales como credencial para votar, pasaporte, credencial de persona adulta mayor, licencia de manejo, credencial del servicio postal mexicano, cartilla del servicio militar nacional, credencial laboral o credencial de afiliación a servicios de seguridad social; comprobante de estudios, ya sea certificados, boletas o diplomas; constancia de residencia expedida por la autoridad municipal o Delegación que corresponda de acuerdo a su domicilio; o cualquier otro documento donde conste su nombre completo.

Sólo en caso de no contar la persona adulta mayor solicitante del registro con documentación alguna para acreditar su nacionalidad o filiación, podrá recibirse prueba del acto por medio de la declaración de dos testigos ante el Oficial del Registro Civil de que se trate.

Para mayor simplificación, el interesado podrá optar por presentar la solicitud de registro de persona adulta mayor de sesenta años de manera directa ante la Dirección del Registro Civil del Estado.

La diputada exaltó la necesidad de facilitar a este sector vulnerable de la población los trámites que son indispensables para dotarlos de una identidad y darles certidumbre jurídica.

Puso como ejemplo el caso del señor Jacinto Ramírez, nacido en Tijuana en 1949, quien nunca fue registrado por sus padres ante el Registro Civil; durante años, utilizó su cartilla del Servicio Militar Nacional como documento de identificación; con ella pudo identificarse para obtener trabajo y desarrollar su vida con normalidad. Sin embargo, cada vez le era más complicado demostrar jurídicamente su nombre, edad y nacionalidad, por lo que a sus 70 años de edad por primera vez contó con un acta de nacimiento.

“Lo ideal es que no ocurran más casos como el de Jacinto, pero para quienes aún se encuentren rezagados en la obtención de un documento de identidad, es nuestra responsabilidad ayudarlos”, expresó Loreto Quintero.

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