Mexicali, B.C., jueves 24 de octubre de 2019.- Con el objeto de identificar los mecanismos de participación ciudadana en Baja California, a efecto de introducir en el marco legislativo local la figura de los presupuestos participativos, los diputados Víctor Hugo Navarro Gutiérrez y Catalino Zavala Márquez presentaron una Iniciativa que reforma y adición al Apartado C del artículo 5 de la Constitución Política de Baja California.
En su exposición de motivos, señalan los inicialistas que, específicamente en dicho artículo, se establecen, además del voto, cuatro mecanismos de participación ciudadana: la consulta popular, la iniciativa ciudadana, el plebiscito y el referéndum.
Al presentar la iniciativa ante el Pleno, el diputado Víctor Navarro consideró como una premisa para el fortalecimiento democrático que, la participación ciudadana debe ampliarse y buscar cauces para gestionar en equipo con la ciudadanía, nuevas formas de canalizar la demanda social que contribuyan a promover la participación efectiva de la ciudadanía.
Esto, para introducir temas en la agenda pública; fomentar el conocimiento de la cosa pública para que el pueblo a través del acceso a la información, identifique los métodos de intervención en las decisiones gubernamentales y, llevar un control de la agenda para que las mayorías se sumen no solo a decidir qué proyectos se instrumentarán, sino que adicionalmente participe y colabore en la ejecución de los mismos.
Al presentar la iniciativa ante el Pleno, el diputado Víctor Navarro indicó que, en este contexto, se plantea la introducción de la figura jurídica y administrativa del presupuesto participativo en la Constitución local. Además, para su implementación se considera necesaria su regulación, en las siguientes leyes estatales: Ley de Participación Ciudadana; Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público; Ley del Régimen Municipal y, Ley de Planeación.
El presupuesto participativo, según algunos autores: “se presenta como medio efectivo para complementar y legitimar las instituciones” de las democracias representativas”. La democracia significa etimológicamente el poder del pueblo y en este sentido implica involucrarlo en la toma de decisiones por lo que las acciones de gobierno deben ser incluyentes, abiertas y transparentes.
Otros consideran, que: “el ejercicio de la ciudadanía en la democracia no se agota, por lo tanto, en el momento del sufragio, el cual es uno de los puntos clave entre representación y participación, sino que existen otros instrumentos como la consulta popular, el plebiscito, el referéndum, la contraloría social, las audiencias públicas y el presupuesto participativo, entre otros, que permiten el diálogo entre representantes y ciudadanos, para enriquecer la acción de gobierno”, destacó.
Por tales motivos, los legisladores Víctor Navarro y Catalino Zavala, propusieron una reforma al Apartado C, del artículo 5 de la Constitución local, para establecer que los instrumentos y mecanismos de participación ciudadana, serán la Consulta Popular, el Plebiscito, el Referéndum, la Iniciativa Ciudadana y el Presupuesto Participativo.
Tratándose de estos mecanismos, la participación ciudadana podrá realizarse a través de medios electrónicos, en los términos que determine la Ley.
Cuando estos se celebren en años electorales, deberán realizarse el mismo día de la jornada electoral para la celebración de elecciones ordinarias en el Estado.