a efecto de que la persona que resulte electa para Gubernatura concluya su gestión en el año 2024.
En la sesión pública del 24 de febrero, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral (TJEBC), al resolver los recursos RI-18/2019 y acumulados, determinó por mayoría de votos confirmar el Dictamen cinco y la Convocatoria a Elección Ordinaria para el presente Proceso Electoral 2018-2019, emitidos por el Instituto Estatal Electoral (IEEBC), al interpretar el artículo Octavo transitorio del Decreto 112, en el entendido que por única ocasión la persona que resulte electa al cargo de Gubernatura en el presente proceso electoral concluirá en el año 2024.
Lo anterior, bajo el razonamiento que el derecho político de ser votada en la vertiente de acceso al cargo por el período determinado en el artículo 44 de la Constitución local (6 años) debe ser salvaguardado.
Por lo que, se advirtió que el Legislador con la finalidad de la concurrencia entre las elecciones federales y locales estableció un periodo de gestión de 2 años, mientras que tenía la medida alterna de establecer la concurrencia con el proceso electoral federal que tendrá verificativo en el 2024, cuestión que se considera menos gravosa al derecho restringido.
El Tribunal, determinó que dicha interpretación no se contrapone al principio de certeza, ya que no constituye modificaciones fundamentales, toda vez que no modifica las reglas preestablecidas para el Proceso Electoral local, además que lejos de perjudicar a los actores políticos, los beneficia al armonizar lo dispuesto en la Constitución federal, local y los derechos fundamentales.
En consecuencia, el Tribunal ordenó al Consejo General del IEEBC emita una adenda con dicha interpretación, dentro de las 24 horas siguientes.