+ El aseguramiento, por presuntas irregularidades relacionadas con la falta de documentación que acreditara la legal procedencia de las distintas especies de fauna silvestre.
+ 24 de los ejemplares asegurados se encuentran listados en la NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo las categorías de Amenazada (A) y Sujeta a Protección Especial (Pr).
+ 76 ejemplares están registrados en los Apéndices I y II de la CITES.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró un total de 149 especies de fauna silvestre en un establecimiento mercantil denominado “Baja Reptiles y Exóticos”, en la ciudad de Tijuana, Baja California, debido a irregularidades en la acreditación sobre la legal procedencia de los ejemplares.
Lo anterior como resultado de las verificaciones que PROFEPA realiza a establecimientos que comercializan especies de fauna silvestre, donde los inspectores federales de la Delegación de PROFEPA en la entidad constataron que los encargados del establecimiento mercantil, en ningún momento de la diligencia, presentaron la documentación que por ley deben contar por cada ejemplar.
En ese sentido, personal de la PROFEPA aseguró 149 ejemplares de fauna silvestre, entre los que se encuentran reptiles, anfibios y arácnidos.
De éstos, 24 ejemplares de siete especies distintas se encuentran listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 siendo 1 Serpiente Rey de California albina (Lampropeltis getula), 1 Serpiente listón (Thamnophis sirtalis), 13 Falsa coralillo (Lampropeltis triangulum), 3 Boas constrictoras (Boa constrictor), 2 Boas Rosy (Lichanura trivirgata) en la categoría de especie Amenazada (A) y para el caso de 2 Cocodrilos de pantano (Crocodylus moreletii), 2 Iguanas verde (Iguana iguana) éstas se encuentran bajo la categoría de especies Sujetas a Protección Especial (Pr).
Asimismo, 76 ejemplares de 18 especies aseguradas se encuentran dentro de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES): es el caso de 2 Cocodrilos de pantano (Crocodylus moreletii); 2 Iguanas verde (Iguana iguana); 8 Tortugas rusas (Testudo horsfieldii); 1 Tortuga sulcata (Centrochelys sulcata); 4 Tortugas carbonarias (Chelonoidis carbonaria); 4 Pitón de alfombra (Morelia spilota); 2 Boas rosy (Lichanura trivirgata); 2 Boas esmeralda (Corallus caninus); 13 Camaleón pantera (Chamaeleo pardalis); 1 Camaleón flap-necked (Chamaeleo dilepis); 22 Camaleón del Yemen o Camaleón de velo (Chamaeleo calyptratus); 2 Camaleón Eliot (Chamaeleo ellioti); 3 Varano de Sabana (Varanus exanthematicus); 2 Varanos del Nilo (Varanus niloticus); 1 Uromastyx mali (Uromastyx maliensis); 2 Ranas (Ranitomeya ventrimaculata); 1 Rana Tomate (Dyscophus antongilii) y 4 Ranas ojos rojos (Agalychnis callidryas).
Los 49 ejemplares restantes, aún y cuando no se registran en las normativas mencionadas, su aprovechamiento, manejo, posesión, importación y exhibición son reguladas por la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento.
Los responsables de la tienda de mascotas inspeccionada, están obligados a exhibir a la PROFEPA los documentos mediante los cuales se acredite que los ejemplares que comercializan provienen de un mercado legal o de reproducción en cautiverio; en caso contrario, podrán ser sancionados conforme a la Ley General de Vida Silvestre con el decomiso de los animales y una multa que oscila de los 50 a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y su decomiso definitivo en favor de la Federación.
Con estas acciones, la PROFEPA certifica que las tiendas de mascotas y centros de exhibición de ejemplares de fauna y vida silvestre, operen en estricto apego a la legislación ambiental, y garantiza que a los ejemplares de vida silvestre se les otorgue un manejo adecuado y un trato digno y respetuoso.