Como parte de su programa de preparación para Ministerios Públicos, Policías Federales Ministeriales y Peritos, la Dirección General de Formación Profesional de la Procuraduría General de la República (PGR), presentó la Conferencia: “El Hecho que la Ley señala como Delito”.
La cátedra sobre Teoría del Derecho, fue impartida por el doctor en Derecho Penal, Enrique Díaz Aranda, a las y los servidores públicos en el salón Independencia del edificio central de la PGR.
En su esencia más simple, comentó Díaz Aranda, el concepto del delito es utilizado en el ámbito de la justicia y tiene como finalidad “dar a cada quien lo que le corresponde”.
Explicó que, con el delito, se establece como principio general la aplicación del debido proceso, ya que sin la prueba de que existe el ilícito no hay imputado y sin él no hay sentencia. “El hecho debe quedar debidamente esclarecido”, afirmó.
En este sentido -dijo Díaz Aranda- la consecuencia final es que el culpable no quede impune y proteger al inocente, con la debida consecuencia en el actual Sistema Penal Acusatorio de la reparación del daño, a través de la indemnización.
Asimismo, expuso que el delito es también el hecho que la ley prohíbe y se paga con “pena corporal”, para ello se fundamenta en las pruebas o “cuerpo del delito”, aunque esto resulta ser lo más difícil, en virtud de que de cada 100 delitos sólo 10 se comprueban.
En la aplicación de la Ley, puntualizó, los abogados deben sustentar su acusación a través de la Teoría Fáctica (que es aquello que tiene que ver con los hechos), la Materia Probatoria (el sustento de la acusación) y la Teoría Jurídica (que es lo que la Ley manda respecto del tipo de ilícito).
Recordó que después de la vida, “la libertad” es lo más preciado y por ello todo proceso penal busca que el culpable cumpla una condena en prisión. “La sentencia, según sea el caso, tendrá que ver con la libertad humana en todas sus manifestaciones y todo lo que de ella se deriva de manera directa”, concluyó.