- Presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado
Mexicali, B.C., jueves 23 de junio de 2016.- La presidenta de la Mesa Directiva de la XXI Legislatura, diputada Mónica Bedoya Serna, presentó una iniciativa para adicionar el Código Penal del Estado, a fin de incrementar la pena cuando el delito de robo se cometa en contra de un menor de edad.
La propuesta fue presentada por la líder del Congreso local con el propósito de que la legislación estatal proteja a los menores, según señaló, al afirmar que “lo más importante es contar con un marco legal que los cuide, por ello, con esta iniciativa proponemos aumentar las penas cuando el delito de robo se cometa contra un menor de edad, además de que se proporcione como reparación del daño, una sanción pecuniaria para apoyo terapéutico, si la victima lo necesita”.
“En ese sentido –abundó- el hecho de que el límite inferior y el rango máximo que establece el delito pudieran parecer altos, ello es relativo, pues la gravedad de la conducta ilícita que pretende regular es de suma importancia, ya que a pesar de los esfuerzos realizados, nuestro marco normativo ha resultado desigual e insuficiente, en virtud de que siguen sin respetarse la dignidad e integridad de las niñas, los niños y adolescentes mexicanos”.
La iniciativa presentada por la diputada Bedoya propone adicionar un párrafo al artículo 201 del Código Penal estatal, el cual se refiere al castigo que marca la ley para quien cometa un robo, con el siguiente texto:
“Si el robo se ejecutare contra un menor de edad, a la pena que corresponda por el robo simple, se agregarán de seis meses a tres años de prisión, además se impondrá una multa de cien hasta mil veces el salario mínimo vigente al momento de la comisión del delito. Si de conformidad con las constancias procesales así como por las pruebas aportadas y valoradas en juicio se determina que la víctima sufrió afectación en su salud mental o física y en consecuencia deberá proporcionársele cualquier tratamiento que tienda a recuperar la misma, en pago a los costos de estos, se impondrá al agresor sanción económica de trescientos a tres mil veces el salario mínimo”.
Sobre el particular, la legisladora argumentó: “Nuestra realidad social nos dice que en muchos de los casos los padres de familia no tienen la posibilidad de llevar o recoger a sus hijos a los centros escolares”.
Agregó: “En nuestro Estado tenemos horarios matutinos que pueden ir de las siete de la mañana a las tres de la tarde y turnos vespertinos que pueden ir de las dos de la tarde a las nueve de la noche. Los menores de edad, como cualquier otra persona, no están exentos de sufrir el delito de robo y lo más preocupante en estos casos, además del daño patrimonial o el daño físico sufrido, es la afectación psicológica que pueda sufrir el menor de edad. Hay que recordar que están en pleno desarrollo psicológico y sufrir este tipo de delitos puede provocar un cambio radical en sus vidas”.
Resaltó que las horas previas al amanecer, cuando las niñas, niños y adolescentes acuden a los centros escolares, y las horas de salida en el turno vespertino, por la noche, son de alto riesgo y los delincuentes saben que en estos tiempos los menores de edad tienen entre sus pertenencias aparatos electrónicos como celulares, tabletas, laptops, etcétera, y al ver la ventaja física sobre el menor y el beneficio que pueden obtener, les es atractivo realizar el robo.
La diputada Bedoya aceptó que los estudiantes no deben llevar ese tipo de artefactos a la escuela, pero subrayó que más que un lujo en estos tiempos de modernización y de avances tecnológicos, es una necesidad, y puso como ejemplo el teléfono celular, que no sólo sirve para realizar llamadas, sino que es una herramienta para usar internet “y no podemos limitar a los menores al uso de esta tecnología”, concluyó.