-Se solicitó al funcionario reparar el daño con compensación económica, además de atención médica y psicológica

LOGO SSPETijuana, B.C., a 16 de julio de 2015. La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de Baja California emitió la Recomendación 22/2015 dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, por violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de un interno del Centro de Readaptación Social (CERESO) de Tijuana, quien fue indebidamente privado de su libertad por cerca de tres años.

Lo anterior, por omisión del personal del mencionado Centro de Reclusión, el cual no acató la resolución emitida por el Juez Cuarto de lo Penal quien había ordenado su libertad.

Tras la investigación del expediente de queja que la CEDH abrió de oficio, este Organismo Público concluyó que a V1, cuyo nombre se omite por razones de seguridad y confidencialidad, se le violaron el Derecho a la Libertad Personal,  el Derecho a la Legalidad y a la Seguridad Jurídica.

A V1 se le retuvo indebidamente por un período de 2 años 11 meses y 18 días en el CERESO de Tijuana, pues el 22 de junio del 2012 el Juzgado Cuarto de lo Penal ordenó ponerlo en libertad, pero no fue sino hasta el 10 de junio de 2015 que se le liberó, después de gestiones realizadas por la Comisión Estatal.

El 8 de junio de 2015, personal de la CEDH recibió una llamada solicitando se le apoyara a V1 para que pudiera pagar la fianza. Al revisar su situación jurídica, al personal de esta Institución Pública se le informó que el Juzgado Cuarto de lo Penal había dictado la libertad de V1 el 22 de junio de 2012, notificando en tiempo y forma al Penal.

 

El CERESO de Tijuana, por su parte, informó las razones por las cuales V1 se encontraba interno de manera indebida, desconociendo porqué no se le había dado el trámite adecuado a su libertad. Informó, asimismo, que había liberado a V1 dos días después de la intervención de la CEDH.

Este Organismo Público Autónomo privilegia en todo momento la reparación integral del daño a la víctima. Por ello, entre los seis puntos petitorios de la Recomendación, la CEDH solicita al Secretario de Seguridad Pública de Baja California localizar y reparar el daño a V1, incluyendo la compensación económica que corresponda por el período que estuvo privado de la libertad sin causa justificada, y se le brinde la atención médica y psicológica hasta rehabilitar su salud física y emocional.

Se pide instruir a la Dirección de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado para que investigue la actuación de las autoridades responsables para determinar si sus conductas constituyen responsabilidad administrativa.

La CEDH solicita dar vista al Agente del Ministerio Público para que se inicien las investigaciones correspondientes en contra de los responsables.

Con la finalidad de establecer las garantías de la no repetición de los hechos que ameritaron la Recomendación 22/2015, la Comisión Estatal solicita la revisión exhaustiva de los expedientes de todos los internos de los Centros de Reinserción Social en el Estado, en especial en Tijuana.

Por último, pide se impartan cursos en materia de derechos humanos a todo el personal adscrito a los diversos Centros de Reinserción Social, en el que se garantice el respeto de los derechos humanos.

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos reitera su compromiso absoluto en la protección y defensa de los derechos humanos de todas y todos los bajacalifornianos.

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